PLAN ESPECIAL DE ACTUACIÓN URBANA
PLAN ESPECIAL DE ACTUACIÓN URBANA

PLAN ESPECIAL DE ACTUACIÓN URBANA
PLAN PARTICIPACION CIUDADANA MODIFICACIÓN PLANEAMIENTO
En aplicación del Decreto Foral Legislativo 1/2017 de 26 julio, por el que se aprueba el texto refundido de la LEY FORAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO se informa a la ciudadanía del proceso de participación ciudadana , mediante la exposición pública del plan de participación previo al plan especial de actuación urbana.
PLAN DE PARTICIPACIÓN PREVIO AL PLAN ESPECIAL DE ACTUACIÓN URBANA
- Promotor Iker Diaz Suescun
- Parcela
Polígono : 3
Parcela: 757
- Aspectos a modificar
Normativa 3.3.4 – Ordenación
A) Ocupación
D) Alineaciones – Cierres
Normativa 3.3.5 Normativa general
A) Composición y materiales
C) Huecos
F) Cubiertas
H) Aleros
PLAN PARCIAL CORREGIDO
Redactado BALÚ – Estudio de Arquitectura
Se corrigen las menciones a la parcela 757 por la segregación de la parcela 757 del polígono 3 de Berbinzana, que es realmente el ámbito del PEAU.
Se propone añadir al contenido del PEAU inicial otras modificaciones adicionales a las ordenanzas contenidas en el artículo 3.3.4 – Ordenación, A) Ocupación y D) Alineaciones – Cierres, además de las ya previstas en el punto 3.3.5 Normativa general: A) Composición y materiales, C) Huecos, F) Cubiertas y H) Aleros
Se define el ámbito de aplicación referido a la parcela 3_757. Se considera que el PEAU se circunscribe a esta parcela.
Plazo
Plazo de veinte días hábiles adicionales
Plazo de inicio 1 de octubre 2024
Plazo final 28 de octubre 2024
Tablón
APROBACIÓN INICIAL
El Pleno del Ayuntamiento de Berbinzana, en sesión extraordinaria celebrada el día 3 de febrero de 2025 adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.–Aprobar inicialmente el Plan Especial de Actuación Urbana de parcela catastral 757 del polígono 3, en el área de condiciones homogéneas definida como entorno casco por el plan Municipal de Berbinzana, promovido por Iker Diaz Suescun según expediente redactado por el equipo de arquitectos Balú Arquitectura SL.
El objeto del instrumento es modificar la aplicación de las siguientes determinaciones normativas para la parcela:
Dentro de artículo 3.3.4 de la normativa escrita del PUM:
A) Ocupación.
D) Alineaciones y cierres.
Dentro del artículo 3.3.5 de la normativa escrita del PUM:
A) Composición y materiales.
C) Huecos.
F) Cubiertas.
H) Aleros.
Segundo.–De conformidad con el artículo 72 del Decreto Foral Legislativo 1/2017 de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, el expediente se somete a información pública por un plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las sugerencias y alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de este ayuntamiento.